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Herencias y testamentos
HERENCIAS y TESTAMENTOS
¿Sabe usted cómo se acepta la herencia? La aceptación de la herencia puede ser de dos tipos:
- Pura y simple. El heredero recibe los bienes de la herencia pero también hereda las deudas y ha de responder de ellas personalmente, con sus bienes propios.
- A beneficio de inventario. El heredero sólo responderá de las deudas de la herencia hasta el límite del valor de los bienes heredados, pero nunca responderá con su propio patrimonio.
¿Sabía usted que puede renunciar a la herencia, si el fallecido dejó más deudas que bienes? Esa renuncia, que ha de ser total, hay que formalizarla ante Notario.
¿Sabe usted que si tiene testamento, esto le facilita enormemente el trámite a sus herederos?
Nosotros le ayudaremos en los momentos más difíciles y tramitaremos el papeleo jurídico obligatorio tras la muerte de un ser querido, incluida la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como la inscripción registral.